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Ley
LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un Consejo o Jurado pueda tomar decisiones, primero tiene que estar reunida más de la mitad de sus miembros. Después, para aprobar algo, se necesita que la mayoría de los que están votando estén de acuerdo. Si hay un empate en la votación, entonces el presidente del grupo tiene el voto decisivo, es decir, su voto vale doble para romper el empate.

Texto oficial

Artículo 18.- Consejos y Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente.

Ver texto oficial de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (pág. 5) ↗

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