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Ley
LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Artículo
51-E

Artículo 51-E de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo las personas individuales (como tú o yo) pueden ganar los premios de Artes y Literatura, a menos que sea en la categoría de Artes y Tradiciones Populares, donde también puede ganar un grupo o una comunidad. Cada año se entregan estos premios, pero no importa si la obra o actividad que los merece se hizo antes de ese año. O sea, pueden premiar algo que hiciste hace años, siempre y cuando sea bueno. No hay límite de tiempo para que tu trabajo sea considerado.

Texto oficial

Artículo 51-E. Solamente las personas físicas podrán ser beneficiarias de los premios de Artes y Literatura, salvo en el campo de Artes y Tradiciones Populares que podrán también otorgarse a comunidades y grupos. Por cada año habrá una asignación de premios, pero no será necesario que las obras o actos que acrediten su merecimiento, se hayan realizado dentro de ese lapso. Artículo adicionado DOF 17-12-2015

Ver texto oficial de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (pág. 10) ↗

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