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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LPPDDHP/52
Ley
LEY para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 52 ya no es válido; fue eliminado oficialmente el 6 de noviembre de 2020. En otras palabras, ya no existe en la ley, así que no hay que hacerle caso ni tomarlo en cuenta para nada. Si alguien te dice que ese artículo aplica, está equivocado porque ya fue retirado. Lo único importante es que fue eliminado, no explica ninguna regla nueva.

Texto oficial

Artículo 52.- Se deroga. Artículo derogado DOF 06-11-2020

Ver texto oficial de la LEY para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.