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Ley
LEY de Planeación y Transición Energética
Artículo
13

Artículo 13 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias se dedica a hacer investigaciones científicas y tecnológicas sobre energía, electricidad, energías limpias y renovables, y cómo reducir la contaminación del sector energético. También trabaja con universidades, otros institutos de investigación y empresas, tanto de México como del extranjero, para desarrollar estos proyectos. Además, le proporciona información técnica y científica al gobierno para ayudar a crear planes y políticas públicas en estos temas. También ofrece servicios técnicos y científicos a otras dependencias del gobierno, empresas públicas y compañías privadas. Finalmente, puede hacer otras actividades que le marquen sus propias reglas internas.

Texto oficial

Artículo 13.- El Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias tiene por objeto: I. Coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica con instituciones académicas, de investigación, públicas o privadas, nacionales o extranjeras en materia de energía, energía eléctrica, Energías y Tecnologías Limpias, Energías Renovables, Eficiencia Energética, reducción de Emisiones Contaminantes generadas en el Sector Energético, sustentabilidad, sistemas de transmisión, distribución y almacenamiento de energía, y sistemas asociados con la operación del Sistema Eléctrico Nacional; II. Brindar insumos técnicos y científicos a la Secretaría en la materia de su competencia para la planeación y la formulación de políticas; III. Brindar servicios técnicos y científicos, en las materias de su competencia, a las dependencias, organismos y Empresas Públicas del Estado y al sector privado, y IV. Las demás que le señale su regulación orgánica.

Ver texto oficial de la LEY de Planeación y Transición Energética (pág. 8) ↗

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