LEY de Planeación y Transición Energética
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es como un reglamento que desarrolla lo que dicen varios artículos de la Constitución de México. Es una regla que se aplica en todo el país y busca beneficiar a la sociedad en general. Su objetivo principal es planificar cómo se usará la energía en México, impulsar el cambio hacia energías más limpias y aprovechar la energía sin dañar el ambiente. También busca que se cumplan las obligaciones de usar energías limpias y reducir la contaminación, sin que las empresas pierdan su capacidad de competir. Todo esto se hace para que México pueda tener su propia energía, de manera justa y sin depender de otros.
- Art. 2La Secretaría de Energía es la dependencia del gobierno que se encarga de planear todo lo relacionado con la energía en México. Su planificación es "vinculante", lo que significa que las empresas y organismos del sector deben seguir sus lineamientos. Su objetivo principal es que el país tenga suficiente energía, que sea segura, accesible y limpia, y que beneficie a todos los mexicanos. Para lograrlo, la ley le da varias tareas importantes, como darle prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), impulsar energías limpias, ayudar a las comunidades que no tienen acceso a la energía y fomentar la innovación tecnológica en el sector.
- Art. 3Esta ley usa palabras y definiciones que ya están en otras leyes sobre electricidad, petróleo, biocombustibles y geotermia. Además, agrega sus propias definiciones, como qué significa "aprovechar la energía de forma sustentable" (usarla al máximo cuidando el ambiente), "cogeneración" (producir electricidad junto con vapor u otro calor útil), y "eficiencia energética" (hacer más con menos energía sin bajar la calidad del servicio). También define qué son las "energías limpias" (fuentes que contaminan poco) y las "energías renovables" (como el viento o el sol, que se regeneran solas). Por último, aclara quiénes son las autoridades responsables, como la CONUEE y el Consejo de Planeación Energética.
- Art. 4La Secretaría de Energía es la única que puede aclarar dudas sobre cómo se aplica esta ley en asuntos del gobierno. Además, la Secretaría, la CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía), la Comisión Nacional de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía pueden crear reglas generales para que todo lo que dice la ley se pueda llevar a la práctica, cada quien dentro de lo que le toca hacer. En otras palabras, estas instituciones tienen la facultad de emitir lineamientos o normas para que la ley funcione correctamente.
- Art. 5Este artículo dice que si hay algo que no esté cubierto por esta ley, se deben usar como apoyo otras leyes relacionadas. Esas leyes son la del Sector Eléctrico, la de Hidrocarburos, la de Biocombustibles, la de Geotermia y la de Procedimiento Administrativo. O sea, si te encuentras con un vacío legal aquí, tienes que revisar esas otras leyes para encontrar la respuesta.
- Art. 6El artículo dice que varias dependencias del gobierno federal, como las secretarías de Energía y de Medio Ambiente, la CONUEE y otras instituciones, están obligadas a usar sus poderes legales para hacer cumplir esta Ley. Cada una debe actuar dentro de lo que le corresponde según su área de trabajo. En pocas palabras, todas estas oficinas tienen que trabajar juntas, pero cada quien en su campo, para que la Ley se aplique correctamente.
- Art. 7Varias dependencias del gobierno, como la Secretaría de Medio Ambiente y la Comisión Nacional de Energía, entre otras, tienen la obligación de apoyar para que un plan energético se cumpla a rajatabla. Este plan es obligatorio para todos, no es solo una sugerencia. Todas estas oficinas trabajan juntas, pero una de ellas, la Secretaría de Energía, es la que coordina y pone orden. En pocas palabras, el gobierno se organiza para asegurarse de que los proyectos de energía se lleven a cabo como se acordó.
- Art. 8Este artículo explica las tareas de la Secretaría de Energía. Básicamente, tiene que hacer y publicar varios planes importantes, como la Estrategia y otros programas con nombres como PLATEASE (que es el Plan de Transición Energética), y asegurarse de que se cumplan. También debe revisar que México cumpla con sus compromisos internacionales sobre energía, siempre y cuando sea económicamente viable. Otra de sus funciones es crear un mapa nacional de las zonas del país donde se pueda generar energía renovable, como la solar o eólica. Además, tiene que coordinar proyectos con los gobiernos estatales y municipales para apoyar el ahorro de energía y el uso de energías limpias.
- Art. 9A la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat) le toca, junto con otra dependencia del gobierno, crear reglas y apoyos para evitar que la generación de luz y combustibles contamine el aire, incluyendo los gases que causan el cambio climático. También debe hacer estudios para entender cómo afectan al ambiente los proyectos de energía y minería, y encontrar la mejor forma de prevenir la contaminación. Además, tiene que coordinarse para que los permisos de obras de energía sean claros y no se dupliquen, y para hacer más simples los trámites. Por último, debe hacer análisis ambientales por regiones para que sea más fácil instalar proyectos de energías limpias, como la solar o la eólica, y publicar un informe anual sobre los contaminantes que suelta cada planta de energía.
- Art. 10La CONUEE es una oficina especializada que depende de la Secretaría de Energía, pero tiene libertad para tomar decisiones técnicas y operar por su cuenta. Su objetivo es fomentar el ahorro de energía y ser la autoridad técnica en el uso responsable de la energía. Está a cargo de un director o directora general, que es elegido por el Presidente de México a propuesta del Secretario de Energía. Esta persona se encarga de dirigir la CONUEE, representarla legalmente, organizar sus áreas de trabajo, crear los manuales de operación, manejar el presupuesto, delegar funciones y contratar o despedir al personal, además de cumplir con lo que digan la ley y otras normas.
- Art. 11Este artículo dice que la CONUEE (una dependencia del gobierno) tiene varias tareas importantes relacionadas con el ahorro de energía. Básicamente, se encarga de promover que usemos la energía de la manera más eficiente posible, desde que se obtiene hasta que la gastamos en nuestros aparatos. También le toca ayudar a la Secretaría de Energía a hacer planes y revisar que se cumplan, proponer nuevas reglas y normas oficiales para ahorrar energía, y dar asesoría técnica al gobierno y a empresas públicas. Además, puede hacer convenios con estados y municipios, emitir opiniones que son obligatorias cuando se usan fondos federales, y publicar información útil como manuales o videos sobre estos temas.
- Art. 12El Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias es una institución que depende del gobierno federal, pero tiene su propio dinero y puede tomar decisiones por sí misma. No es una empresa privada ni una oficina directa del gobierno, sino un organismo especial. Está bajo la supervisión de una Secretaría de Estado (como la de Energía) y debe seguir las reglas de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, que son las leyes que controlan a este tipo de organismos. En pocas palabras, es como una agencia gubernamental con cierta independencia para manejar asuntos de electricidad y energías limpias.
- Art. 13El Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias se dedica a hacer investigaciones científicas y tecnológicas sobre energía, electricidad, energías limpias y renovables, y cómo reducir la contaminación del sector energético. También trabaja con universidades, otros institutos de investigación y empresas, tanto de México como del extranjero, para desarrollar estos proyectos. Además, le proporciona información técnica y científica al gobierno para ayudar a crear planes y políticas públicas en estos temas. También ofrece servicios técnicos y científicos a otras dependencias del gobierno, empresas públicas y compañías privadas. Finalmente, puede hacer otras actividades que le marquen sus propias reglas internas.
- Art. 14Este artículo dice que la Comisión Nacional de Energía tiene seis tareas principales: ayudar a encontrar zonas donde se pueda generar energía limpia (como sol o viento), crear modelos de contratos para que puedas conectar paneles solares a la red eléctrica de tu casa, calcular y publicar cuánta contaminación produce el sistema eléctrico nacional cada año, dar apoyo técnico para fijar metas de energía limpia, compartir información que le pida la Secretaría de Energía para planear el sector, y vigilar que se cumpla esta ley, además de aplicar multas si alguien no la respeta.
- Art. 15El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) tiene tres responsabilidades principales: primero, manejar quién y cómo se conecta a las líneas eléctricas del país, incluyendo energía limpia como la solar o eólica, siempre pensando en que no falle el suministro de luz y siguiendo los planes del sector. También debe considerar lo que dice el plan de almacenamiento de energía (PLATEASE) para guardar electricidad cuando sobre. Segundo, proponerle a la Secretaría de Energía cómo mejorar y ampliar las redes eléctricas, incluyendo equipo nuevo para aprovechar zonas con mucha energía renovable, pero solo si es económicamente viable y ayuda a cumplir las metas del país. Tercero, darle a la Secretaría toda la información que le pida para hacer el plan general de energía (PLADESE).
- Art. 16El Consejo es un grupo de personas que se encarga de coordinar y dar seguimiento a la planeación energética del país. Esto significa que revisa cómo se están haciendo los planes para el uso de la energía en México y además busca que la información sobre energía esté mejor organizada. El Consejo tiene que juntarse por lo menos dos veces al año, y también cuando sea necesario para hacer su trabajo. La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) es quien define las reglas para que el Consejo funcione.
- Art. 17El Consejo está encabezado por el titular de la Secretaría (como un jefe) y lo forman: un secretario técnico, los subsecretarios de esa dependencia, y un representante de cada organismo como Pemex, CFE y otros. También pueden invitar a representantes de otras secretarías (como Hacienda o Economía) y de instituciones públicas o privadas. Los invitados pueden dar su opinión (tienen voz) pero no pueden votar en las decisiones.
- Art. 18Las personas que representan a las oficinas del gobierno federal deben tener un puesto mínimo de director general. Es decir, no puede ir cualquiera, solo alguien con ese rango o superior. Además, estas personas pueden nombrar a un suplente que las reemplace cuando sea necesario, pero ese suplente también debe tener al menos un puesto de director. Esto aplica a todas las dependencias y entidades del gobierno federal.
- Art. 19La persona que preside el Consejo (o quien ella designe como Secretario Técnico) puede invitar a las reuniones a otras autoridades del gobierno federal, estatal o municipal, y también a personas u organizaciones que tengan que ver con la Transición Energética. Esto solo se hace si es necesario por el tema que se va a tratar. Los invitados pueden hablar y dar su opinión, pero no tienen derecho a votar las decisiones.
- Art. 20El Consejo tiene varias tareas importantes. En cuanto a la planeación, se encarga de coordinar y darle seguimiento a los planes de energía del país, opinar sobre las políticas y proponer mejoras para que todo esté bien organizado. También vigila que se cumplan las metas y puede crear comités (grupos de trabajo) para ayudar en esto. En el tema de la información, su trabajo es asegurarse de que los datos sobre energía sean fáciles de conseguir y estén mejorando, para armar el Balance Nacional de Energía (un reporte de cuánta energía se produce y usa). Por último, la persona que lleva la secretaría técnica debe hacer un reporte cada año para mostrar qué se ha avanzado y qué se puede mejorar.
- Art. 21Este artículo dice que hay cinco planes importantes para organizar el tema de la energía en México, como la Estrategia, el Programa Sectorial y otros que se llaman PLATEASE, PLADESE y PLADESHi. La Secretaría de Energía es la encargada de hacer estos planes y publicarlos. Todo esto se tiene que hacer siguiendo las reglas de la Ley de Planeación y su Reglamento. En pocas palabras, son los documentos que guían cómo se va a manejar la energía en el país.
- Art. 22La Secretaría de Hacienda tiene que juntar en el proyecto de Presupuesto de Egresos toda la lana del sector público que se necesita para cumplir las metas importantes del plan de energía. Esto aplica sin afectar las reglas especiales que ya tienen las empresas del gobierno. También debe hablar con la Secretaría para ponerse de acuerdo en cómo identificar esos recursos en el presupuesto.
- Art. 23El artículo 23 dice que los planes y sus cambios deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde salen las leyes y avisos importantes. Pero antes de publicarlos, el secretario o secretaria del ramo tiene que dar el visto bueno. En otras palabras, no se pueden hacer públicos esos documentos sin que el jefe de la dependencia los autorice primero.
- Art. 24El artículo 24 dice que la Estrategia es como el plan maestro del gobierno para los próximos años en temas de energía, como usar energías limpias, ahorrar energía y desarrollar tecnología. Este plan debe incluir un diagnóstico del sector energético, metas claras, escenarios a mediano y largo plazo, quién es responsable de cumplir esas metas y las acciones clave para lograrlo. El gobierno debe publicar este plan en el Diario Oficial de la Federación durante el primer año de cada sexenio y actualizarlo cada tres años para que todo esté coordinado. El diagnóstico debe tener, como mínimo, datos sobre cuánta energía se produce, cuánta se consume y las emisiones que genera.
- Art. 25Este artículo habla sobre los planes de energía a futuro. Los planes a largo plazo deben cubrir al menos 30 años, y los de mediano plazo, al menos 15 años. Además, la Estrategia debe incluir metas claras sobre energías renovables (como la solar o eólica), eficiencia energética (usar menos energía para hacer lo mismo), reducir la pobreza energética (que todos tengan acceso a energía), electrificar los usos finales (como usar electricidad en lugar de gasolina) y bajar las emisiones contaminantes. Todo esto sirve para que México cumpla sus compromisos contra el cambio climático.
- Art. 26La Ley de Transición Energética dice que México debe cumplir ciertas metas de energías limpias (como el sol o el viento). Esas metas establecen cuánta electricidad tiene que venir de fuentes renovables en comparación con toda la que se produce en el país. Y no es una opción: es un mínimo obligatorio, es decir, no se puede generar menos de ese porcentaje.
- Art. 27Varias dependencias del gobierno, como las secretarías de Energía, Hacienda y Medio Ambiente, junto con otras comisiones de energía, tienen la obligación de hacer que las leyes, reglas e impuestos sean más sencillos y claros. Esto es para que todas las empresas y personas que trabajan en el sector energético puedan cumplir fácilmente con las metas y normas establecidas. En pocas palabras, el gobierno debe asegurarse de que no haya trabas legales o fiscales para que el sector energético funcione bien.
- Art. 28El PLATEASE es un plan que dura 15 años y sirve para organizar cómo México va a usar la energía de forma más limpia y sin desperdiciarla. Ahí se definen las tareas, programas y proyectos que se tienen que hacer, basados en la Estrategia de Transición Energética. Este documento lo maneja el gobierno federal en turno durante todo su periodo. Básicamente, es como la hoja de ruta para que el país deje de depender tanto de combustibles como el petróleo y use más energías renovables.
- Art. 29Cada año se actualiza el PLATEASE, que es el plan de energía del gobierno. Este plan incluye varias cosas: primero, las metas de energías limpias y de ahorro de energía que el presidente debe cumplir durante su encargo. También define los proyectos y actividades necesarios para lograr esas metas, siempre cuidando que sean económicos y convenientes para la gente. Incluye programas del gobierno para usar la energía de forma sustentable, acciones para cambiar a energías más limpias, mejorar los combustibles y promover vehículos eléctricos. Por último, también considera investigación, nuevas tecnologías, redes eléctricas inteligentes, aprovechar el gas que se desperdicia, y usar energía geotérmica de los volcanes o el suelo.
- Art. 30El PLATEASE (un plan del gobierno para el sector eléctrico) tiene que encontrar, analizar y crear formas de mejorar las redes eléctricas inteligentes (sistemas que distribuyen electricidad de manera más eficiente) y el almacenamiento de energía (guardar electricidad para usarla después). También debe poner en marcha proyectos y acciones concretas para lograrlo. Básicamente, busca mejorar cómo manejamos la energía en México.
- Art. 31El PLADESHi es un plan del gobierno para desarrollar y modernizar la infraestructura del petróleo y gas en México, con una visión a 15 años. Lo hace la Secretaría de Energía con ayuda de Petróleos Mexicanos, el Centro Nacional de Control del Gas y la Comisión Nacional de Energía, y se actualiza cada año. El plan debe incluir un diagnóstico de cómo está el sector, ser coherente con otros planes nacionales y tener proyectos de inversión de 3 a 5 años, además de considerar cambios en el consumo de energía. Las autoridades y empresas como Petróleos Mexicanos deben tomar en cuenta este plan al dar permisos o al tomar decisiones, para que las inversiones públicas y privadas ayuden a cumplir las metas a largo plazo.
- Art. 32El PLADESE es un plan del gobierno que define cómo va a crecer y modernizar la infraestructura eléctrica de México durante los próximos 15 años. Este documento lo hace la Secretaría de Energía con ayuda de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y otras dependencias, y se tiene que actualizar cada año. El plan debe incluir un diagnóstico de cómo está el sector eléctrico, ser coherente con otras estrategias nacionales y considerar cómo cambiará el consumo de energía en el futuro. También debe tener programas de inversión a 3 y 5 años para construir, modernizar o retirar plantas eléctricas y ampliar las redes de transmisión y distribución. Las autoridades y la CFE están obligadas a tomar en cuenta este plan al dar permisos o tomar decisiones, para que tanto la inversión pública como la privada ayuden a cumplir las metas a largo plazo del sector eléctrico.
- Art. 33La Secretaría de Energía tiene la obligación de manejar el Sistema Nacional de Información Energética. Su objetivo es juntar, ordenar, mantener al día y compartir toda la información relacionada con el sector energético del país. Las reglas específicas para hacer esto se van a definir en un documento llamado Reglamento. Para que el sistema funcione bien, la Secretaría debe seguir las recomendaciones de un Consejo y también lo que dice la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
- Art. 34La Secretaría (la dependencia encargada) tiene varias tareas para que el Sistema Nacional de Información Energética funcione bien. Puede hacer reglas sobre cómo y cuándo entregar información, y también publicar todos los datos del sector energético según lo que marque la política del país. Tiene el poder de juntar en un solo sistema toda la información energética, y puede hacer acuerdos con otras dependencias del gobierno para compartir datos importantes. Además, contrata programas de computadora o servicios especiales sin seguir los pasos normales de compras del gobierno, porque la información es muy delicada, y también vigila que se cumplan las reglas y castiga si alguien no entrega la información a tiempo.
- Art. 35Cada año, la Secretaría de Energía tiene que hacer y publicar un reporte llamado Balance Nacional de Energía. Este reporte te muestra de dónde viene la energía que se usa en México (como el petróleo, el gas o la electricidad) y hacia dónde va, es decir, quién la consume. Además, incluye proyecciones a futuro para los próximos 15 años, para que puedas tener una idea de cómo se va a comportar la energía en el país.
- Art. 36La CONUEE (que es la dependencia del gobierno encargada de ahorrar energía) tiene que hacer una lista pública de los aparatos y equipos que, por ley, deben mostrar información clara y sencilla sobre cuánta energía consumen. En esa lista entran los equipos que gastan mucha energía o se venden mucho, según lo que decida la CONUEE. Tú puedes ver esa lista en internet, en la página de la CONUEE, para que cuando vayas a comprar algo como un refrigerador o un aire acondicionado compares cuál gasta menos luz. Además, la CONUEE debe proponerle a la Secretaría de Energía las reglas detalladas sobre qué datos deben aparecer en esos aparatos y cómo mostrarlos.
- Art. 37Los fabricantes deben poner etiquetas de eficiencia energética en los productos o sus empaques, como lo dice el artículo anterior, para que puedas comparar y elegir el que más te convenga al comprar. La Secretaría puede dejar fuera de esta regla a los aparatos que ya cumplen con una Norma Oficial Mexicana de eficiencia energética y tengan su certificado. Para eso, tiene que pedirle a la CONUEE un estudio que demuestre que está bien exentarlos.
- Art. 38La Comisión Federal de Electricidad (CFE) y las empresas que venden gas natural tienen la obligación de poner mensajes en tus recibos o facturas para recordarte que ahorres energía y que eso ayuda al medio ambiente. También deben incluir información sobre programas del gobierno para usar la energía de manera más eficiente y sin desperdiciarla. Esos mensajes los va a proponer un organismo llamado CONUEE, que es la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía.
- Art. 39Cada tres años, la CONUEE (que es la dependencia encargada del ahorro de energía) tiene que hacer estudios para ver si las normas y etiquetas de eficiencia energética realmente funcionan y ahorran luz o gas. Estos estudios pueden hacerlos expertos externos o el mismo equipo, pero de forma honesta y sin favoritismos. Con lo que descubran, la CONUEE debe cambiar lo necesario para que las reglas ayuden mejor a los consumidores, pero eso necesita el visto bueno de la Secretaría de Energía.
- Art. 40El dinero que necesita el gobierno federal para cumplir con lo que dice esta ley tiene que salir de varias fuentes ya establecidas, como el presupuesto anual que aprueba el Congreso, el mercado donde se vende y compra electricidad en grande, el Fondo del Petróleo, y otros instrumentos financieros que se usan para pagar obras y servicios públicos. En pocas palabras, el gobierno no puede inventarse recursos de la nada, sino que debe usar el dinero que ya está destinado legalmente para estos gastos. Esto asegura que todo se haga con transparencia y dentro del presupuesto autorizado.
- Art. 41El dinero que se use para cumplir con esta ley debe enfocarse en crear mejor tecnología energética, cambiar a fuentes de energía más limpias y asegurar que todos tengan acceso justo a la energía. Tanto el dinero del gobierno como el de empresas privadas se debe gastar con honestidad, siguiendo la ley, siendo productivos, eficientes y transparentes. Además, todo el gasto tiene que estar vigilado, reportado y revisado constantemente para ver si realmente está funcionando y cumpliendo lo que promete.
- Art. 42El gobierno federal tiene la obligación de poner en marcha programas y acciones para que sea más fácil conseguir préstamos, recursos económicos y acceso al mercado, todo con el objetivo de cumplir lo que dice esta ley. Básicamente, deben crear formas de apoyar económicamente a quien lo necesite para lograr esos fines.
- Art. 43La Secretaría se encarga de manejar un fondo especial llamado "Fondo para la Transición Energética", que sirve para apoyar proyectos de energías limpias y de ahorro de energía. Cada año, el dinero de ese fondo se ajusta según el aumento de los precios que mide el INPC (el índice que calcula la inflación). La cantidad de dinero que se asigna en el Presupuesto de Egresos puede cambiar dependiendo de los proyectos que se presenten para recibir apoyos, siempre y cuando esos proyectos ayuden a usar mejor la energía, fomenten tecnologías limpias o combatan la pobreza energética. Por último, el dinero del fondo debe repartirse de manera equilibrada entre proyectos de energías limpias y proyectos de eficiencia energética, siguiendo las reglas de operación establecidas.
- Art. 44El artículo dice que el dinero del Fondo para la Transición Energética se puede usar de dos formas: como recursos que se prestan y se pagan después (recuperables) o como apoyos que no se tienen que devolver (no recuperables). También pueden usarlo para dar garantías de crédito u otros apoyos financieros a proyectos aprobados, siempre y cuando sigan las reglas de operación del fondo. Esto ayuda a que haya más financiamiento disponible para proyectos de energía limpia y cuidado del medio ambiente. En pocas palabras, buscan que llegue más lana a estos proyectos, ya sea como préstamo, como apoyo directo o como respaldo para conseguir crédito.
- Art. 45La Secretaría tiene la obligación de usar métodos de competencia para repartir los recursos, asegurándose de que se vayan a los proyectos que den más beneficio por el dinero invertido. Solo debe dar lo mínimo indispensable para que el proyecto funcione, tomando en cuenta si ya recibe otros apoyos o ingresos. Además, siempre que sea posible, la ejecución de los proyectos debe hacerse a través de dependencias del gobierno.
- Art. 46El artículo 46 dice que el Fondo para la Transición Energética, que es como una alcancía del gobierno para apoyar energías limpias y el uso responsable de la energía, debe tener un grupo de personas que lo supervise y tome decisiones. Ese grupo se llama "órgano colegiado", o sea, un comité con varias personas. La forma en que se forme ese comité tiene que seguir lo que diga el contrato o acuerdo que creó el fondo. En otras palabras, no se puede armar al aventón, sino respetando las reglas ya establecidas.
- Art. 47El grupo de personas encargadas del Fondo para la Transición Energética (un fondo de dinero para proyectos de energía limpia) tiene dos tareas principales. Primero, debe crear y actualizar las reglas para manejar ese fondo, como administrar, repartir y asignar los recursos según lo que dice la ley y los planes de energía del país. Segundo, debe invitar a que la gente presente proyectos que quieran ser financiados con ese dinero.
- Art. 48Si cumples con los requisitos que pide el Fondo para la Transición Energética (que es un programa de apoyo del gobierno), puedes recibir dinero o recursos de acuerdo con lo que marca esta ley y sus reglas. Pero no todos tienen la misma prioridad: primero se les da el dinero a las dependencias del gobierno, y después a empresas privadas donde la mayoría de los que toman decisiones sean del sector público, o a organizaciones sin fines de lucro.
- Art. 49El Fondo de Servicio Universal Energético es un dinero que la Secretaría de Energía tiene que administrar y coordinar. Su objetivo es pagar proyectos para llevar electricidad a comunidades que todavía no tienen luz, también para que haya justicia en el acceso a la energía y para reducir la pobreza energética, que es cuando la gente no tiene suficiente electricidad para cubrir sus necesidades básicas. En pocas palabras, este fondo se usa para que más personas en México tengan acceso a la energía eléctrica.
- Art. 50El Fondo de Servicio Universal Energético es un programa que tiene como meta llevar electricidad a casas que todavía no tienen luz. También busca ayudar a quienes viven en comunidades rurales o zonas urbanas marginadas a combatir la falta de energía, regalando o prestando equipos que ahorren electricidad o usen energía limpia (como paneles solares) para cocinar, refrigerar, calentar agua, iluminar y otras necesidades básicas. Además, puede apoyar a escuelas, centros de salud o estaciones de policía para que tengan estos servicios. Para que todo funcione bien, se deben crear formas de revisar que los equipos estén trabajando correctamente y darles mantenimiento siempre que sea posible.
- Art. 51El Fondo de Servicio Universal Energético se forma con distintas fuentes de dinero, según lo que dicen las leyes de electricidad y de hidrocarburos. Incluye, por ejemplo, el dinero extra que sale cuando se reducen las pérdidas técnicas de electricidad en el Mercado Eléctrico Mayorista. También acepta donaciones de personas o empresas, tanto de México como del extranjero, que quieran apoyar sus metas. Además, entra la lana de las multas que ponga la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía por asuntos de facturación y cobranza del mercado eléctrico. Por último, se suman las multas que se cobren a los dueños de permisos de distribución y venta de gas natural y derivados del petróleo.
- Art. 52Los apoyos que te den deben entregarse con honestidad, sin corrupción y siguiendo la ley al pie de la letra. También tienen que ser eficaces, es decir, que realmente funcionen para lo que se dieron, y eficientes, o sea, que se usen bien los recursos sin desperdiciarlos. Todo el proceso debe ser transparente, para que puedas ver cómo y por qué se asignaron esos apoyos. Además, se tiene que hacer pública y difundir ampliamente toda la información sobre cómo se usaron esos recursos.
- Art. 53El Fondo de Servicio Universal Energético es como una alcancía que se usa para dar energía a todos. Para manejar esa lana, necesita un grupo de personas (llamado órgano colegiado) que sea su jefe. Ese grupo estará formado por servidores públicos de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Bienestar. La Secretaría de Energía será la que diga las reglas de cómo se forma y opera ese fondo. Además, ese grupo puede pedir ayuda técnica y consejos a otras organizaciones para lograr sus objetivos.
- Art. 54La Secretaría va a manejar el dinero que se usa para innovar, crear tecnología nueva y capacitar a las personas. Ese dinero solo se puede gastar en proyectos de ciencia, tecnología, innovación o enseñanza, pero nada más en temas relacionados con sacarle el mayor provecho al petróleo y al gas, cambiar a energías más limpias, o usar la energía sin dañar el medio ambiente.
- Art. 55La Secretaría (una dependencia del gobierno) se encarga de manejar dinero que viene de tres fuentes: primero, recursos que vienen del Fondo Mexicano del Petróleo, siguiendo las reglas de la Ley Federal de Presupuesto; segundo, donativos de personas u organizaciones, tanto de México como del extranjero, que se usen para sus fines; y tercero, otros fondos que autorice la Secretaría de Hacienda. En pocas palabras, el artículo dice de dónde puede sacar dinero esta Secretaría para hacer su trabajo.
- Art. 56Este artículo dice que el dinero que se genera de actividades petroleras debe usarse únicamente para hacer más eficiente la exploración, extracción y refinación de hidrocarburos, así como para producir petroquímicos (productos derivados del petróleo). Por otro lado, los fondos destinados a la sustentabilidad energética solo pueden emplearse en desarrollar energías renovables (como la solar o eólica), ahorrar energía, usar tecnologías limpias (que contaminan menos), y diversificar las fuentes de energía, como electrificar el consumo final (por ejemplo, usar más electricidad en lugar de gasolina). Además, la dependencia encargada (la Secretaría) tiene que asegurarse de que todos los apoyos económicos sigan las reglas del gobierno en materia de energía y ayuden a cubrir las necesidades más importantes de las empresas públicas. Esto debe ir de la mano con sus planes de desarrollo tecnológico, innovación y capacitación de personal.
- Art. 57Los apoyos o ayudas que da el gobierno solo se pueden entregar a instituciones del gobierno, no a personas o empresas. Quienes los dan tienen que hacerlo con honestidad, siguiendo la ley, buscando hacerlo bien y rápido, y de forma clara para que todos sepan en qué se gastó. Además, deben difundir lo que hacen para que sea público y se pueda revisar.
- Art. 58Cada materia de apoyo, que son los temas importantes como hidrocarburos, electricidad o energía limpia, debe tener un grupo de personas que decidan sobre ella. Este grupo se llama órgano colegiado y está formado por expertos en esos temas. Además, estos grupos pueden pedir ayuda técnica o consejos a otras entidades si lo necesitan para lograr sus metas.
- Art. 59La Secretaría, junto con sus institutos, debe impulsar la investigación, la innovación y el desarrollo de tecnología, además de capacitar a especialistas, para lograr un cambio hacia energías más limpias y justas para todos. Esto se hace siguiendo estos puntos: primero, crear nuevos conocimientos, materiales y procesos útiles para usar energías más limpias de manera sostenible. Segundo, asegurarse de que los proyectos sean viables en lo técnico, económico, social y ambiental. Y tercero, conectar los resultados de la investigación con la independencia energética del país, la seguridad en internet, el desarrollo económico y la generación de empleos, sobre todo a nivel regional.
- Art. 60El artículo 60 dice que la Secretaría de Energía va a definir cómo reconocer a quienes generan energía limpia (como la solar o eólica) y cómo darles unos certificados que lo comprueben. También aclara que, aunque estas energías limpias existen, a veces necesitan apoyo de energía de combustibles fósiles (como gas o petróleo) para funcionar bien en el sistema eléctrico del país. Por eso, las reglas que se emitan deben tomar en cuenta cuánto contamina realmente cada tipo de energía y cada empresa. Además, la Comisión Nacional de Energía tendrá que crear un método que considere ese respaldo de combustibles fósiles y los datos de operación que dé el Centro Nacional de Control de la Energía.
- Art. 61La Comisión Nacional de Energía tiene que llevar un listado público de los Certificados de Energías Limpias. En ese registro, debe aparecer el número único de cada certificado, la fecha en que se emitió y quiénes han sido sus dueños con el paso del tiempo. Esto es como cuando revisas el historial de un carro usado, pero para papeles que comprueban que se usó energía limpia. Cualquier persona puede consultar esa información sin problemas.
- Art. 62Este artículo dice que el Registro (como el sistema donde se anotan propiedades o permisos) tiene que estar diseñado para que tú puedas hacer los trámites que necesites, como comprar, vender o dejar algo como garantía (por ejemplo, un terreno o un permiso de energía). También aplica para cualquier otra operación donde la propiedad cambie de dueño, ya sea de forma real, virtual o legal. En pocas palabras, el registro no te debe poner trabas para hacer estos movimientos.
- Art. 63El registro lleva un control de todos los documentos oficiales llamados certificados que ya fueron inscritos según los artículos 61 y 62 de esta Ley, y ahí se anotan los movimientos o cambios que les toquen. Cada vez que alguien inscribe o modifica un certificado, se tiene que asentar en este registro como un apunte formal para que quede por escrito y con validez legal. Es como la libreta donde quedan guardados todos los datos de los certificados que ya están dados de alta. Así, cualquier persona o autoridad puede consultar después qué certificados existen y qué trámites se les han hecho.
- Art. 64El artículo 64 dice que el registro debe hacerse por medio de folios electrónicos (como expedientes digitales) para cada persona que lo solicite. Ahí se tienen que anotar todos los movimientos, como dar de alta, suspender, cancelar o cualquier otro trámite relacionado con el registro. Todo esto es sobre la persona que pide el certificado y sobre el producto, equipo o construcción que se quiere certificar. En pocas palabras, es un sistema digital para llevar el control de cada solicitud y su estatus. Así se evita usar papeles y todo queda en computadora.
- Art. 65La Comisión Nacional de Energía puede corregir errores en sus registros o anotaciones, ya sea por iniciativa propia o si alguien se lo pide. Cuando se trate de errores simples, como escribir mal un nombre o un número, deben arreglarse haciendo una nueva anotación, pero sin borrar la que tiene el error. Esto es para que quede constancia de lo que pasó y no se pierda información. O sea, no pueden tachar o eliminar lo que ya está escrito, solo agregar la versión correcta.
- Art. 66La Comisión Nacional de Energía tiene la obligación de crear o modificar las reglas sobre cómo funciona el registro de certificados. Esto es parte del capítulo que habla sobre el desarrollo industrial. En pocas palabras, esa comisión es la encargada de poner las bases para que ese registro esté bien organizado y actualizado.
- Art. 67La Secretaría de Economía, junto con otra dependencia del gobierno, tiene la tarea de apoyar la creación de cadenas de valor para las Energías Limpias, o sea, asegurarse de que desde que se produce una energía limpia hasta que se usa, todo el proceso sea rentable y sostenible, siempre con el presupuesto que ya se autorizó. También deben identificar los minerales importantes para la Transición Energética (como los que se usan en paneles solares o baterías), y garantizar que haya suficiente, que se pueda obtener y usar sin dañar el ambiente. Todo esto es para que México sea más fuerte en la fabricación y uso de tecnologías limpias, siguiendo los planes de energía y medio ambiente del país.
- Art. 68La Secretaría de Energía, junto con otras dependencias como la de Economía, la Comisión Federal de Electricidad y el Centro Nacional de Control de Energía, debe hacer un estudio cada vez que se cree o actualice un plan energético del gobierno (como la Estrategia o el PLATEASE, que es un plan nacional de energía). Este estudio sirve para saber cuánta energía limpia se necesita en México y qué tanto se puede generar con fuentes como el sol o el viento. Todo esto se hace siguiendo las reglas que marca el Reglamento correspondiente para mantener actualizado el sector eléctrico.
- Art. 69El dinero que se usa para proyectos de energía limpia y sustentable debe destinarse pensando en el beneficio de todos y siguiendo un plan nacional. Ese dinero solo se puede usar para tres cosas: 1) cambiar aparatos viejos que gastan mucha energía por otros más eficientes; 2) mejorar casas o edificios para que no necesiten tanta calefacción o aire acondicionado; y 3) instalar equipos como paneles solares en viviendas, siempre que sean accesibles y ayuden a usar energía renovable.
- Art. 70El artículo 70 habla de cómo se puede pagar un proyecto de ahorro de energía. Básicamente, una persona o empresa (el usuario) firma un acuerdo con un financiero (un banco o una empresa) para que este le preste el dinero necesario para hacer un proyecto de energía limpia o ahorro. A cambio, el usuario puede permitir que el financiero cobre el préstamo directamente en su recibo de luz o de gas natural. Antes de usar este sistema, el proyecto necesita la aprobación de la Secretaría de Energía.
- Art. 71Los financiadores, como bancos o instituciones que prestan dinero para proyectos de energía, tienen la obligación de ofrecer tasas de interés que sean justas y parecidas a las del mercado. Esto significa que no pueden cobrar intereses muy altos o abusivos, sino que deben ser competitivos. Para asegurarse de que así sea, seguirán las reglas técnicas que establezca la Secretaría de Energía. En pocas palabras, la ley busca que los préstamos para energía tengan un costo razonable y estén regulados por el gobierno.
- Art. 72Si la dependencia de gobierno encargada del programa decide que es buena idea, el préstamo que te dieron para este asunto se va a pagar junto con tu recibo de electricidad o de gas. Esto significa que la compañía de luz o de gas te va a cobrar el dinero que debes del financiamiento en la misma cuenta que pagas por el servicio. Así, el pago se hace más fácil, porque se suma a lo que ya pagas cada mes. En pocas palabras, el financiamiento se liquida a través de tu recibo normal.
- Art. 73Antes de que te den un préstamo para pagar mejoras de energía (como paneles solares o electrodomésticos ahorradores), la compañía de luz o gas tiene que firmar un contrato con quien te presta el dinero. Ese contrato debe ser aprobado por la Comisión Nacional de Energía. Ahí se acuerda que la compañía cobre lo que debes del préstamo directamente en tu recibo de luz o gas. Si eres usuario doméstico (casa particular), la Profeco debe revisar y autorizar ese contrato para protegerte. Además, la CONUEE decide qué aparatos o tecnologías son baratos y ahorradores de energía, para que puedas pedir un préstamo para comprarlos.
- Art. 74La Comisión Nacional de Energía, con el visto bueno de la Secretaría, va a decidir cuánto les pagan a las empresas que venden electricidad o gas por andar cobrando los recibos de los programas de apoyo. Normalmente, ese pago debe ser lo que valen en el mercado los servicios de facturación. Ojo, hay una excepción: si el programa busca ayudar a la gente que tiene problemas para pagar la energía, entonces solo les pagan los gastos de administración, nada más.
- Art. 75Cuando no pagues tu recibo de luz o gas a tiempo (a eso se le llama estar en mora), la compañía no se hace responsable por los intereses o recargos que se generen. En los contratos que firmes debe estar bien claro que si te atrasas, el cobro adicional corre por tu cuenta y la empresa no tiene la culpa. Esto significa que si debes dinero por no pagar a tiempo, la empresa no va a perdonar ni ajustar esas cantidades extras. En pocas palabras, si te atrasas, tú pagas todo, incluyendo lo que suba por el retraso.
- Art. 76Si cambias de compañía de luz o de la empresa que te la distribuye, las reglas deben asegurarse de que tus contratos o acuerdos anteriores sigan cumpliéndose sin problemas. Esto significa que el cambio de proveedor no debe causarte retrasos ni afectar lo que ya habías pactado. La idea es proteger tus derechos para que el servicio no se interrumpa ni se complique por el simple hecho de cambiar de empresa.
- Art. 77El artículo 77 dice que existe un reconocimiento especial para quienes cuidan la energía de manera responsable y voluntaria. Pueden participar instalaciones como fábricas o comercios, edificios, empresas o productos que se esfuercen por usar la energía de forma más eficiente y sin desperdiciarla. Es totalmente voluntario, nadie está obligado a entrarle. Si logran destacar por ahorrar energía y hacer un uso sustentable de ella, pueden ganar este reconocimiento.
- Art. 78El reconocimiento de excelencia en Eficiencia Energética lo da la Secretaría de Energía, con ayuda técnica de la CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía). Para evaluar y decidir si otorgan este premio, la CONUEE puede pedir apoyo a otras dependencias, como las de Medio Ambiente, Economía y Desarrollo Urbano. Básicamente, varias secretarías trabajan juntas para revisar quién merece el reconocimiento.
- Art. 79Si quieres que te den un reconocimiento por ahorrar energía de forma excelente, tienes que cumplir con los requisitos que ponga la CONUEE (la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía). Esos requisitos los definen en reglas especiales, pero antes tienen que ser aprobados por la Secretaría de Energía. En pocas palabras, no hay una lista fija aquí, sino que debes esperar a que se publiquen las condiciones oficiales para poder participar.
- Art. 80La CONUEE (una dependencia del gobierno) tiene la obligación de llevar un listado especial donde anote y mantenga actualizados los datos de todas las instalaciones, edificios, empresas o productos que hayan ganado un reconocimiento por ahorrar energía de manera excelente. Eso quiere decir que si alguien recibe un premio por usar bien la energía, su información queda guardada oficialmente. Esto se hace para llevar un control público de quiénes destacan en eficiencia energética y darles mérito.
- Art. 81La Secretaría de Energía, por medio de la CONUEE (que es la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía), puede hacer acuerdos con empresas o negocios que usan mucha electricidad o combustible para fabricar sus productos. Estos acuerdos no son obligatorios, sino voluntarios, y buscan que esas empresas gasten menos energía por cada cosa que producen. La idea es que, si firman el acuerdo, se comprometan a mejorar sus procesos para no desperdiciar tanta energía. Es como darles la oportunidad de ayudar al país a ahorrar luz y gas, pero sin obligarlos por ley.
- Art. 82Cuando alguien firma un acuerdo voluntario de ahorro de energía, tiene que poner por escrito cuánto piensa reducir su consumo de energía en relación con lo que produce. Esa meta debe revisarse y actualizarse cada tres años. Además, esa misma meta se toma como el mínimo que debe cumplir en acuerdos futuros. En pocas palabras, es como una promesa de ser más eficiente con la energía y no bajarle después.
- Art. 83El artículo 83 dice que todo lo relacionado con cómo se hacen los acuerdos voluntarios y cómo se revisa que se cumplan tiene que estar explicado en el Reglamento de esta Ley. Es decir, la ley solo da una idea general, pero los detalles prácticos los va a poner el reglamento. Los acuerdos voluntarios son compromisos que alguien acepta por su propia cuenta, sin que lo obliguen. Para saber cómo se firman y cómo se verifica que se respeten, hay que esperar a que el reglamento lo especifique.
- Art. 84La Secretaría (una dependencia del gobierno) tiene que trabajar junto con otras oficinas públicas para crear y poner en marcha formas de reconocer y dar a conocer los logros de quienes participan en acuerdos voluntarios. La CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía) debe sugerirle a la Secretaría ideas sobre cómo reconocer esos logros y cómo comunicarlos.
- Art. 85Cada dos años, la CONUEE (que es la comisión encargada de ahorrar energía en México) tiene que hacer y publicar, a más tardar el 31 de julio, un reporte que evalúe los acuerdos voluntarios que existen para ahorrar energía. Ese reporte debe calcular cuánta energía se ahorró gracias a las medidas que se tomaron en esos acuerdos. Para hacer ese cálculo, la CONUEE puede pedir ayuda a expertos que no trabajen en el gobierno. Con base en el reporte, la Secretaría (la dependencia de gobierno responsable) decide si es necesario obligar a ciertos sectores productivos a cumplir con acciones de ahorro de energía; si decide hacerlo, puede crear reglas que digan qué obligaciones hay, cómo verificar que se cumplan y qué sanciones aplicar.
- Art. 86La Secretaría, junto con la Secretaría de Economía y con ayuda de la CONUEE (que es la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía), debe crear un programa para apoyar a las micros, pequeñas y medianas empresas (también conocidas como MiPyMes). Este programa les dará asesoría para que ahorren energía, les explicará por qué es bueno hacerlo y les mostrará opciones para conseguir dinero y pagar las mejoras. Todo esto es para que los negocios más pequeños puedan gastar menos luz o gas y ser más eficientes.
- Art. 87La Secretaría, junto con el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, tiene la obligación de crear y mantener un sitio web. En esa página van a subir todos los reportes y documentos que pide esta ley. Así cualquier persona puede consultarlos sin pedir permisos especiales.
- Art. 88Cuando el gobierno federal le da dinero a estados, municipios o empresas privadas mediante acuerdos especiales, ese dinero debe usarse con total claridad. Quiere decir que tienen que informar públicamente en qué lo gastaron y cómo lo usaron. Además, ese dinero puede ser revisado y evaluado por las autoridades para asegurarse de que se aplicó correctamente. En pocas palabras, no pueden gastarlo a escondidas ni sin rendir cuentas.
- Art. 89La Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Energía tienen el derecho de ir a tu negocio o empresa a revisar que todo esté en orden con las reglas de energía. Estas visitas pueden ser para verificar, inspeccionar o vigilar que cumplas con la ley. Lo hacen siguiendo las normas que ya están establecidas para esos casos. En pocas palabras, pueden checar que no estés haciendo nada ilegal en asuntos de energía.
- Art. 90La CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía) tiene permiso para checar, cuando quiera y sin avisar, cómo le hacen las empresas o personas para ahorrar energía. Puede hacerlo por internet o yendo al lugar. También puede pedir visitas de verificación a quienes gastan mucha luz, a las empresas del gobierno y a las oficinas federales. Esto es para asegurarse de que sí estén cumpliendo con mejorar su eficiencia energética.
- Art. 91Si estás obligado por esta ley y no entregas la información que te piden, o entregas datos falsos o incompletos, la Secretaría, la Comisión Nacional de Energía o la CONUEE te pueden multar con entre 100 y 1,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Además de la multa, también podrían aplicarte otras sanciones, y no te salvas de otras responsabilidades legales, como demandas civiles, penales o fiscales. Para resolver todo el proceso de infracciones, se usará de apoyo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
- Art. 92La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) puede multarte si fabricas, importas, distribuyes o vendes aparatos que no tengan información sobre su consumo de energía, o si la tienen de forma distinta a lo que dicen las normas oficiales. La multa va desde 100 hasta 10,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia usada para calcular pagos y sanciones. Si le pones al aparato información falsa o incompleta, y además eso engaña o confunde al consumidor, la multa es más alta: de 3,000 a 14,000 veces la UMA. Si eres una persona o empresa (como una tienda) que vende o distribuye esos aparatos con información falsa que pueda engañar, la multa es aún mayor, de 5,000 a 20,000 veces la UMA. Todo este proceso se maneja según la Ley Federal de Protección al Consumidor, y además de estas multas, te pueden aplicar otras sanciones civiles, administrativas, penales o fiscales.
- Art. 93La Comisión Nacional de Energía te puede multar si eres una empresa que vende electricidad o gas natural y te niegas a cobrar el recibo de la luz o el gas en nombre de otra compañía con la que hayas hecho un acuerdo. La multa va de 25 a 75 mil veces el valor de la UMA, que es una medida que se usa en México para calcular sanciones y cuyo monto se actualiza cada año. Es decir, si no dejas que otra empresa cobre a través de ti como parte de un convenio firmado, te arriesgas a una penalización económica fuerte. Esta regla aplica solo a las empresas suministradoras o distribuidoras, no a personas comunes como tú o yo.
- Art. 94Si vuelves a cometer la misma falta después de que ya te hayan multado, la nueva multa será el doble de la anterior. Esto pasa solo si cometes la misma infracción dentro de los dos años siguientes a la primera multa. También es necesario que esa primera multa sea válida, o sea, que ninguna autoridad haya dicho que no era correcta. A esto se le llama reincidencia, y aplica para todas las faltas relacionadas con esta ley. En corto: si te cachan haciendo lo mismo otra vez, te toca pagar el doble.
- Art. 95Para poner una multa, las autoridades deben tomar en cuenta qué tan grave fue lo que hiciste, si provocaste algún daño, si lo hiciste a propósito y cuánto tiempo duró tu conducta. También revisan si ya habías cometido la misma falta antes y si tienes antecedentes de otros problemas. Además, deben considerar cuánto dinero puedes pagar, para que la multa no sea imposible para ti.
- Art. 96El dinero que se junte por las multas que pongan por no cumplir con esta ley, se tiene que meter a unos fondos especiales para mejorar el uso de la energía limpia y cuidar el medio ambiente. Es como si las sanciones sirvieran para financiar proyectos que ayuden a que usemos menos energía y de forma más responsable.
- Art. 97Las personas que trabajan en el gobierno y se encargan de vigilar que se cumpla esta ley pueden ser castigadas si no hacen bien su trabajo o la incumplen. Esos castigos son sanciones administrativas, que son multas o suspensiones, según lo que diga la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Además, si cometen un error grave, también pueden enfrentar demandas civiles (como pagar por daños) o penales (como ir a la cárcel). En pocas palabras, los servidores públicos tienen que cumplir la ley o se arriesgan a consecuencias serias.
- Art. 98Si no cumples con lo que dice esta Ley, la Secretaría y la CONUEE (que son autoridades de energía) te pueden multar o castigar, cada una dentro de lo que les toca hacer. Esto significa que si haces algo prohibido o dejas de hacer algo obligatorio, ellos tienen el poder de aplicarte una sanción según sus propias facultades.
- Art. 99El artículo 99 dice que los negocios o empresas que usan mucha energía y que cometan una falta, como no cumplir con las reglas de ahorro de energía, serán castigados. Quien los va a sancionar es la CONUEE, que es la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, y la Secretaría de Energía le va a ayudar. Para aplicar el castigo, la CONUEE tiene que seguir lo que dice esta ley y también lo que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es el conjunto de reglas que el gobierno debe respetar para no actuar a lo loco.
- Art. 100El Artículo 100 dice que si una empresa que fabrica, importa, distribuye o vende aparatos y equipos se porta mal con la información sobre cuánta energía consumen esos productos, le van a aplicar castigos. Esos castigos se basan en esta ley, en la Ley de Protección al Consumidor y en otras reglas que también aplican. Los artículos transitorios son reglas para el arranque de la ley. El primero dice que esta ley empieza a funcionar al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de la Federación. El segundo elimina una ley anterior de 2015 sobre energía y cualquier regla que esté en contra de esta nueva ley. El tercero aclara que las reglas viejas de la Secretaría de Energía siguen vigentes mientras se hacen las nuevas, y que las referencias a la ley anterior se toman como si hablaran de la nueva ley de planeación energética. El cuarto ordena al gobierno federal sacar el reglamento de esta ley en un plazo de 180 días naturales desde que empiece a aplicarse. El quinto dice que la Secretaría de Energía puede usar sus nuevas facultades desde que la ley entre en vigor, aunque el reglamento no esté listo. El sexto le da 365 días naturales a la Secretaría para publicar varios planes importantes, como la Estrategia Nacional de Transición Energética, y fijar una meta mínima de energías limpias. El séptimo cambia el nombre de un fondo de "Servicio Universal Eléctrico" a "Servicio Universal Energético", pero sigue operando igual hasta que actualicen las reglas. El octavo mantiene funcionando otro fondo de energía con sus contratos actuales mientras ajustan la normatividad.