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Artículo 36 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La CONUEE (que es la dependencia del gobierno encargada de ahorrar energía) tiene que hacer una lista pública de los aparatos y equipos que, por ley, deben mostrar información clara y sencilla sobre cuánta energía consumen. En esa lista entran los equipos que gastan mucha energía o se venden mucho, según lo que decida la CONUEE. Tú puedes ver esa lista en internet, en la página de la CONUEE, para que cuando vayas a comprar algo como un refrigerador o un aire acondicionado compares cuál gasta menos luz. Además, la CONUEE debe proponerle a la Secretaría de Energía las reglas detalladas sobre qué datos deben aparecer en esos aparatos y cómo mostrarlos.

Texto oficial

Artículo 36.- La CONUEE debe elaborar y publicar un catálogo de los equipos y aparatos que deben incluir de forma clara, sencilla y visible para el público la información sobre su consumo energético. Este catálogo incluye a los equipos y aparatos cuyo consumo de energía y número de unidades comercializadas sean relevante a consideración de la CONUEE. Esta información debe ser visible al público en general y en la página de Internet de la CONUEE, a fin de ayudar a las personas consumidoras a tomar decisiones de compra entre las distintas opciones que existan en el mercado. La CONUEE debe proponer a la Secretaría las disposiciones reglamentarias donde establezcan el detalle de la información sobre el consumo energético que debe incluirse en los equipos y aparatos referidos en este artículo, así como la forma en la que ésta se incluya.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.