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Ley
LEY de Planeación y Transición Energética
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal tiene la obligación de poner en marcha programas y acciones para que sea más fácil conseguir préstamos, recursos económicos y acceso al mercado, todo con el objetivo de cumplir lo que dice esta ley. Básicamente, deben crear formas de apoyar económicamente a quien lo necesite para lograr esos fines.

Texto oficial

Artículo 42.- El Ejecutivo Federal debe instrumentar políticas y medidas para facilitar apoyos financieros, económicos y de mercado que se destinen al cumplimiento de los fines de esta Ley. Capítulo II Del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Ver texto oficial de la LEY de Planeación y Transición Energética (pág. 15) ↗

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