- Ley
- LEY de Planeación y Transición Energética
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la LEY de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal tiene la obligación de poner en marcha programas y acciones para que sea más fácil conseguir préstamos, recursos económicos y acceso al mercado, todo con el objetivo de cumplir lo que dice esta ley. Básicamente, deben crear formas de apoyar económicamente a quien lo necesite para lograr esos fines.
Texto oficial
Artículo 42.- El Ejecutivo Federal debe instrumentar políticas y medidas para facilitar apoyos financieros, económicos y de mercado que se destinen al cumplimiento de los fines de esta Ley. Capítulo II Del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía
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