Artículo 43 de la LEY de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría se encarga de manejar un fondo especial llamado "Fondo para la Transición Energética", que sirve para apoyar proyectos de energías limpias y de ahorro de energía. Cada año, el dinero de ese fondo se ajusta según el aumento de los precios que mide el INPC (el índice que calcula la inflación). La cantidad de dinero que se asigna en el Presupuesto de Egresos puede cambiar dependiendo de los proyectos que se presenten para recibir apoyos, siempre y cuando esos proyectos ayuden a usar mejor la energía, fomenten tecnologías limpias o combatan la pobreza energética. Por último, el dinero del fondo debe repartirse de manera equilibrada entre proyectos de energías limpias y proyectos de eficiencia energética, siguiendo las reglas de operación establecidas.
Texto oficial
Artículo 43.- La Secretaría debe administrar y coordinar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. El patrimonio financiero del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía debe actualizarse anualmente por la variación estimada del Índice Nacional de Precios al Consumidor. El monto del patrimonio del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía que se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, puede modificarse en función de la cartera de proyectos susceptibles de recibir apoyos de dicho fondo, que cumpla con el propósito de potenciar el financiamiento disponible para la Eficiencia Energética, las Tecnologías Limpias, la Generación Limpia Distribuida, el aprovechamiento de las Energías Renovables y el combate a la Pobreza Energética. De conformidad con sus reglas de operación, la asignación y distribución de recursos provenientes del fondo a que se refiere este Capítulo debe procurar un reparto equilibrado entre propuestas de Energías Limpias y propuestas de Eficiencia Energética.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.