Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 16 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Consejo es un grupo de personas que se encarga de coordinar y dar seguimiento a la planeación energética del país. Esto significa que revisa cómo se están haciendo los planes para el uso de la energía en México y además busca que la información sobre energía esté mejor organizada. El Consejo tiene que juntarse por lo menos dos veces al año, y también cuando sea necesario para hacer su trabajo. La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) es quien define las reglas para que el Consejo funcione.

Texto oficial

Artículo 16.- El Consejo es el órgano de coordinación y seguimiento de la planeación energética nacional, establecida a través de los instrumentos de planeación, así como de la mejora de la información energética requerida para dicha planeación. El Consejo se debe reunir al menos dos veces al año y cuando se requiera, para los fines de sus atribuciones. La Secretaría debe emitir los lineamientos de operación del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.