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Ley
LEY de Planeación y Transición Energética
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Economía, junto con otra dependencia del gobierno, tiene la tarea de apoyar la creación de cadenas de valor para las Energías Limpias, o sea, asegurarse de que desde que se produce una energía limpia hasta que se usa, todo el proceso sea rentable y sostenible, siempre con el presupuesto que ya se autorizó. También deben identificar los minerales importantes para la Transición Energética (como los que se usan en paneles solares o baterías), y garantizar que haya suficiente, que se pueda obtener y usar sin dañar el ambiente. Todo esto es para que México sea más fuerte en la fabricación y uso de tecnologías limpias, siguiendo los planes de energía y medio ambiente del país.

Texto oficial

Artículo 67.- La Secretaría de Economía, en coordinación con la Secretaría, debe promover el desarrollo de cadenas de valor de las Energías Limpias, en condiciones de sustentabilidad económica y atendiendo a las condiciones presupuestales aprobadas. En dicho contexto, se debe identificar los minerales críticos necesarios para la Transición Energética, garantizando su disponibilidad, acceso y aprovechamiento sustentable, con el fin de fortalecer las capacidades nacionales en la producción y adopción de Tecnologías Limpias, en congruencia con los objetivos de la política energética y ambiental del país.

Ver texto oficial de la LEY de Planeación y Transición Energética (pág. 18) ↗

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