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Artículo 29 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada año se actualiza el PLATEASE, que es el plan de energía del gobierno. Este plan incluye varias cosas: primero, las metas de energías limpias y de ahorro de energía que el presidente debe cumplir durante su encargo. También define los proyectos y actividades necesarios para lograr esas metas, siempre cuidando que sean económicos y convenientes para la gente. Incluye programas del gobierno para usar la energía de forma sustentable, acciones para cambiar a energías más limpias, mejorar los combustibles y promover vehículos eléctricos. Por último, también considera investigación, nuevas tecnologías, redes eléctricas inteligentes, aprovechar el gas que se desperdicia, y usar energía geotérmica de los volcanes o el suelo.

Texto oficial

Artículo 29.- El PLATEASE se actualiza anualmente y cuenta con los siguientes elementos: I. Las metas de Energías Renovables y demás Energías Limpias, Eficiencia Energética y reducción de la Pobreza Energética, y las demás señaladas en la Estrategia, que correspondan al período de encargo del Ejecutivo Federal; II. Las acciones, proyectos y actividades conforme a la Estrategia para alcanzar sus metas en condiciones de viabilidad económica y social, así como el detalle de su instrumentación; III. Los programas que, a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, puedan fomentar el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; IV. Las acciones de Transición Energética, Aprovechamiento Sustentable de la Energía, Eficiencia Energética, mejoramiento de combustibles para el uso de la energía en todos los sectores, sustitución de combustibles fósiles y la electromovilidad social y particular; LEY DE PLANEACIÓN Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 12 de 23 V. Las acciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y formación de recursos humanos en áreas prioritarias en materia de Energías Renovables y demás Energías Limpias, Aprovechamiento Sustentable de la Energía, Eficiencia Energética y reducción de la Pobreza Energética; VI. Acciones y proyectos en materia de redes inteligentes, almacenamiento de energía, biocombustibles e hidrógeno renovable; VII. Acciones en materia de reducción de fugas y de venteo de metano y el aprovechamiento energético de su captura; VIII. Acciones y programas para desarrollar la exploración y explotación de áreas geotérmicas y otras medidas para impulsar el desarrollo de largo plazo de la energía geotérmica; IX. Acciones de mejora y actualización de las normas de Eficiencia Energética y etiquetado de Eficiencia Energética adherido a los productos o empaques de estos, y X. Otras acciones y programas para promover la sostenibilidad del Sector Energético.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.