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Artículo 81 de la LEY de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Energía, por medio de la CONUEE (que es la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía), puede hacer acuerdos con empresas o negocios que usan mucha electricidad o combustible para fabricar sus productos. Estos acuerdos no son obligatorios, sino voluntarios, y buscan que esas empresas gasten menos energía por cada cosa que producen. La idea es que, si firman el acuerdo, se comprometan a mejorar sus procesos para no desperdiciar tanta energía. Es como darles la oportunidad de ayudar al país a ahorrar luz y gas, pero sin obligarlos por ley.

Texto oficial

Artículo 81.- La Secretaría, a través de la CONUEE, puede celebrar acuerdos voluntarios con personas participantes de los sectores productivos que tengan consumos significativos de energía por cada unidad de producción física, a fin de reducir la intensidad energética en sus actividades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.