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Ley
LEY para Regular las Agrupaciones Financieras
Artículo
179

Artículo 179 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero es un grupo que cuida que el dinero y la economía del país estén estables. Sus labores son: detectar a tiempo cualquier riesgo que pueda causar problemas financieros; dar sugerencias y servir como mesa de diálogo entre las autoridades financieras para decidir cómo actuar; hacer un reporte cada año sobre cómo está la salud financiera de México y lo que han hecho; y crear sus propias reglas de operación y las de los comités que necesite. Siempre debe respetar lo que la ley ya le permite hacer a cada autoridad que forma parte del Consejo.

Texto oficial

Artículo 179.- El Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero tendrá las funciones siguientes: I. Identificar y analizar con oportunidad los riesgos potenciales a la estabilidad financiera del país. II. Hacer recomendaciones y fungir como foro de coordinación de las medidas y acciones que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, corresponda realizar o implementar a las autoridades financieras representadas por los miembros del propio Consejo, previo análisis de los riesgos identificados. III. Elaborar un informe anual sobre el estado que guarda la estabilidad financiera del país y sobre los diagnósticos y demás actividades realizadas por el propio Consejo. IV. Expedir las reglas de operación para su funcionamiento, así como para el funcionamiento de los Comités que se requieran para su operación. El Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero deberá respetar en todo momento las facultades y atribuciones que el marco legal otorga a cada una de las autoridades a las que representen.

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras (pág. 85) ↗

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