- Ley
- LEY de Recompensas de la Armada de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Alto Mando, que es la más alta autoridad militar, es el único que puede hacer y firmar los diplomas que te dan el derecho de usar las medallas o condecoraciones. Sin ese documento firmado, no puedes portar legalmente ninguna condecoración, así que es como tu permiso oficial.
Texto oficial
ARTICULO 15.- El Alto Mando expedirá y autorizará con su firma los diplomas que acrediten el derecho para portar las condecoraciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.