- Ley
- LEY de Recompensas de la Armada de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La segunda clase es para los alumnos que en todos los ciclos escolares hayan ganado puros primeros y segundos lugares, o nada más segundos lugares. Es como un reconocimiento escolar, no por sacar puro diez, sino por tener calificaciones muy buenas, pero no perfectas. Si en algún ciclo escolar sacaste un tercer lugar o menos, ya no aplicas para esta distinción.
Texto oficial
ARTICULO 44.- La de Segunda Clase se otorga a quienes hayan obtenido primeros y segundos, o solamente segundos premios en todos los ciclos escolares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.