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Ley
LEY de Recompensas de la Armada de México
Artículo
44

Artículo 44 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La segunda clase es para los alumnos que en todos los ciclos escolares hayan ganado puros primeros y segundos lugares, o nada más segundos lugares. Es como un reconocimiento escolar, no por sacar puro diez, sino por tener calificaciones muy buenas, pero no perfectas. Si en algún ciclo escolar sacaste un tercer lugar o menos, ya no aplicas para esta distinción.

Texto oficial

ARTICULO 44.- La de Segunda Clase se otorga a quienes hayan obtenido primeros y segundos, o solamente segundos premios en todos los ciclos escolares.

Ver texto oficial de la LEY de Recompensas de la Armada de México (pág. 8) ↗

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