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Artículo 47 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 47 dice que la primera clase del premio se le da a la persona que destaque mucho por participar o promover el deporte para ayudar a la Armada de México. Básicamente, es un reconocimiento especial para quien se esfuerce de manera sobresaliente en el deporte, siempre que esto beneficie directamente a la Armada. No aplica para cualquier persona, solo para quienes estén relacionados con esta institución. Es como un premio por ser un gran impulsor del deporte en la Marina.

Texto oficial

ARTICULO 47.- La de primera clase se otorga al que en forma sobresaliente participe en o impulse el deporte en beneficio de la Armada de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.