Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LRAM/6
- Ley
- LEY de Recompensas de la Armada de México
- Artículo
- 6
Artículo 6 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
No puedes usar medallas o insignias que no te hayan dado oficialmente. Si alguien te otorga un reconocimiento, solo puedes traerlo puesto si fue de manera legal y válida, no inventado o comprado.
Texto oficial
ARTICULO 6o.- Queda prohibido portar condecoraciones o distintivos que no hayan sido legítimamente concedidos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.