Artículo 89 de la LEY para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 89 dice que, si el Comité de Protección al Ahorro Cooperativo (que es el grupo encargado de cuidar tu dinero en cooperativas de ahorro) decide cerrar una cooperativa de ahorro y préstamo y pagar los ahorros que la gente tenía ahí, entonces las deudas de esa cooperativa se cubrirán siguiendo las reglas del Capítulo IV de esta ley. En palabras simples, si una caja de ahorro quiebra, se pagará lo que se debe a los ahorradores en el orden que ya está establecido en ese capítulo.
Texto oficial
Artículo 89.- Para el caso de que el Comité de Protección al Ahorro Cooperativo determine como mecanismo a seguir la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV, y el consecuente pago de los depósitos de dinero, los pasivos a cargo de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo serán cubiertos de conformidad con lo señalado en el Capítulo IV de este Título.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.