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Artículo 28 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los contratos o acuerdos que digan que una empresa o persona no tiene la culpa por daños que cause, o que le quiten responsabilidad, no valen para nada. O sea, aunque firmes algo que diga "yo me hago responsable", si la ley dice que ellos deben responder, ese papel no sirve. Es como si nunca lo hubieras firmado.

Texto oficial

ARTICULO 28.- Son nulos de pleno derecho, los convenios o contratos que excluyan o restrinjan la responsabilidad que establece la presente ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.