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Artículo 27 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una instalación nuclear, debes avisar de inmediato a las autoridades federales sobre cualquier accidente, robo o pérdida de materiales radioactivos. Lo mismo aplica para cualquier persona que se entere de estos hechos, aunque no sea el dueño de la instalación. Las "autoridades federales competentes" son las dependencias del gobierno encargadas de manejar estos casos. En pocas palabras: si sabes de un accidente nuclear o de que algo radiactivo se perdió o fue robado, tienes que reportarlo de volada.

Texto oficial

ARTICULO 27.- El operador de una instalación nuclear está obligado a informar inmediatamente a las autoridades federales competentes, del acaecimiento de cualquier accidente nuclear o de cualquier extravío o robo de substancias o materiales radioactivos. Igual obligación tendrá cualquier persona que tenga conocimiento de esos hechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.