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Ley
LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El reglamento de esta ley va a decir cómo se aplican las reglas de seguridad en las instalaciones nucleares. También va a establecer las normas para que el personal, incluidos los sindicalizados, pueda entrar y salir de esos lugares. Además, definirá todas las demás reglas necesarias para que todo lo que dice esta ley se pueda cumplir bien.

Texto oficial

ARTICULO 30.- El reglamento de esta Ley establecerá las bases de seguridad en las instalaciones nucleares; de ingresos o acceso; egreso o salida de todo su personal incluyendo el sindicalizado; y todas las demás que se requieran para la ejecución de la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares (pág. 5) ↗

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