Artículo 20 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas de financiamiento colectivo (como las que juntan dinero de varias personas para un proyecto) no pueden prometerte que vas a ganar dinero ni asegurarte que tu inversión será un éxito. Tampoco pueden garantizarte que recuperarás lo que invertiste con ganancias extra. Esto es para que no te engañen haciéndote creer que es un negocio seguro cuando siempre hay riesgo. Si lo hacen, están violando la ley.
Texto oficial
Artículo 20.- Las instituciones de financiamiento colectivo tendrán prohibido asegurar retornos o rendimientos sobre la inversión realizada o garantizar el resultado o éxito de las inversiones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.