Artículo 97 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Comisión (una autoridad encargada de vigilar) se da cuenta de que hay problemas graves en alguna institución de ahorro para el retiro (como una afore), y esos problemas ponen en riesgo el dinero de los trabajadores o el buen funcionamiento del sistema, puede tomar el control de la administración de esa institución. A eso se le llama "intervención gerencial", que básicamente significa que la autoridad nombra a sus propios encargados para manejar temporalmente el negocio. Esto pasa solo cuando hay irregularidades que afectan la estabilidad, solvencia (que tenga dinero suficiente) o liquidez (que pueda pagar a tiempo) de la institución. La intención es proteger los ahorros de los trabajadores.
Texto oficial
Artículo 97.- Cuando a juicio de la Comisión existan irregularidades de cualquier género que afecten la estabilidad, solvencia o liquidez de las personas sujetas a la supervisión y pongan en peligro los intereses de los trabajadores o el sano y equilibrado desarrollo de los sistemas de ahorro para el retiro, podrá declarar la intervención gerencial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.