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Artículo 145 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada año, la Secretaría de Energía define las reglas para que puedas obtener Certificados de Energías Limpias, pero esas reglas aplican durante los tres años siguientes a cuando las publican. También puede fijar requisitos para años más allá de esos tres. Estas reglas se pueden cambiar si es necesario, tomando en cuenta cómo va la transición hacia energías limpias y los planes oficiales del Sistema Eléctrico Nacional.

Texto oficial

Artículo 145.- En el primer cuatrimestre de cada año calendario, la Secretaría debe establecer los requisitos para la adquisición de Certificados de Energías Limpias a ser cumplidos durante los tres años posteriores a la emisión de dichos requisitos, pudiendo establecer requisitos para años adicionales posteriores. Estos requisitos se pueden revisar y ajustar de acuerdo con el avance en los objetivos de transición energética y con la planeación vinculante del Sistema Eléctrico Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.