Artículo 4 de la LEY del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Nación, es decir, el gobierno de México, es quien se encarga de buscar y sacar petróleo y gas (hidrocarburos) del suelo, siguiendo las reglas de esta ley. Además, si hay yacimientos de petróleo que están en la frontera con otros países, el gobierno mexicano también puede explotarlos, pero solo si hay tratados o acuerdos firmados por el Presidente y aprobados por el Senado. En palabras simples: México controla la extracción de petróleo, y si está en la frontera con otro país, necesita un acuerdo internacional para hacerlo.
Texto oficial
Artículo 4.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo séptimo y 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Nación lleva a cabo la Exploración y Extracción de los Hidrocarburos, en los términos de esta Ley. La Exploración y Extracción de Hidrocarburos en los yacimientos transfronterizos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley, puede llevarse a cabo en los términos de los tratados y acuerdos en los que México sea parte, celebrados por la persona Titular del Ejecutivo Federal y ratificados por la Cámara de Senadores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.