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Artículo 87 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que un permiso (como para manejar un negocio de gasolina) se puede cancelar por varias razones. Por ejemplo, cuando se acaba el tiempo por el que lo dieron, cuando la persona dueña del permiso lo deja voluntariamente (sin afectar a otros), o cuando el permiso caduca o lo revocan (lo quitan por una falta). También termina si ya no sirve para lo que se creó, si la empresa dueña quiebra, o si un juez lo ordena. Al final, aunque el permiso termine, la persona o empresa sigue siendo responsable de lo que hizo mientras estaba vigente, y si había dado una garantía (como un depósito), el gobierno puede usarla según lo que diga el permiso.

Texto oficial

Artículo 87.- Los permisos pueden terminar por cualquiera de las causas siguientes: I. Vencimiento de la vigencia originalmente prevista en el permiso o de la prórroga otorgada; II. Renuncia de la persona Permisionaria, siempre que no se afecten derechos de terceros; III. Caducidad; IV. Revocación; V. Desaparición del objeto o de la finalidad del permiso; VI. Disolución, liquidación o quiebra de la persona Permisionaria; VII. Resolución judicial o mandamiento firme de autoridad competente, o VIII. Las demás causas previstas en el permiso respectivo. La terminación del permiso no exime a su titular de las responsabilidades contraídas durante su vigencia, con el Gobierno Federal y con terceros. Dependiendo de la causal de terminación del permiso, se puede aplicar el importe de la garantía otorgada, en los términos que establezca el permiso de que se trate. LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 30 de 61

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

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