Artículo 7 de la LEY del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Armada (la parte de la Marina que se encarga de los barcos de guerra) va a escoger a las personas que necesita de los grupos de soldados recién entrenados para llenar los puestos que estén vacíos y armar sus reservas. Esto lo hará siguiendo las reglas que están escritas en un reglamento oficial. En pocas palabras, cuando falte personal en la Armada, tomará gente de los contingentes (los grupos de reclutas) según lo que diga el reglamento.
Texto oficial
ARTICULO 7º.- La Armada Nacional tomará de los contingentes de cada clase los efectivos necesarios para cubrir sus vacantes y constituir sus reservas en la forma que establezca el Reglamento respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.