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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSN/21
Ley
LEY de Seguridad Nacional
Artículo
21

Artículo 21 de la LEY de Seguridad Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores del Centro tienen trabajos de confianza, lo que significa que manejan asuntos importantes y secretos. Por eso, están obligados a guardar silencio sobre la información que conocen por su trabajo. Si necesitan declarar en algún asunto, solo pueden hacerlo por escrito, no de palabra. Esto es para proteger la información delicada que manejan.

Texto oficial

Artículo 21.- Todas las funciones que desempeñen los servidores públicos del Centro, serán consideradas de confianza y están obligados a mantener reserva de la información y de los asuntos a los que tengan acceso, por la naturaleza de sus funciones. Sólo podrán rendir testimonio por escrito.

Ver texto oficial de la LEY de Seguridad Nacional (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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