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Ley
LEY de Seguridad Nacional
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY de Seguridad Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las agencias de inteligencia pueden usar cualquier método para recopilar información, pero siempre deben respetar tus derechos y garantías como persona. Tienen libertad para decidir cómo hacer su trabajo, pero no pueden violar tu privacidad ni violentar tus derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 31.- Al ejercer atribuciones propias de la producción de inteligencia, las instancias gozarán de autonomía técnica y podrán hacer uso de cualquier método de recolección de información, sin afectar en ningún caso las garantías individuales ni los derechos humanos.

Ver texto oficial de la LEY de Seguridad Nacional (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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