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Artículo 33 de la LEY de Seguridad Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando hay un peligro muy grave y urgente (como los que menciona el artículo 5 de esta ley), el Gobierno de México puede usar cualquier recurso legal que tenga para actuar rápido. Por ejemplo, puede usar información anónima, o sea, datos de personas que no quieren dar su nombre, para protegernos. Esto solo aplica en situaciones de riesgo inminente, no en cualquier caso.

Texto oficial

Artículo 33.- En los casos de amenaza inminente a los que se refiere el artículo 5 de esta Ley, el Gobierno Mexicano podrá hacer uso de los recursos que legalmente se encuentren a su alcance, incluyendo la información anónima.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.