- Ley
- LEY del Seguro Social
- Artículo
- 267
Artículo 267 de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que alguien sea Director General, el Presidente de la República lo tiene que elegir. La persona debe ser mexicana de nacimiento y no tener ninguna otra nacionalidad. También debe poder ejercer todos sus derechos como ciudadano y como persona, sin ninguna restricción legal.
Texto oficial
Artículo 267.- El Director General será nombrado por el Presidente de la República debiendo ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Artículo reformado DOF 23-01-1998
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.