Artículo 42 de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un accidente de trabajo es cuando te lastimas físicamente, te enfermas o hasta mueres por algo que pasa mientras trabajas o por culpa del trabajo, sin importar dónde o a qué hora ocurra. También cuenta como accidente laboral si te accidentas yendo directo de tu casa al trabajo o del trabajo a tu casa.
Texto oficial
Artículo 42. Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.