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Ley
LEY del Seguro Social
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un accidente de trabajo es cuando te lastimas físicamente, te enfermas o hasta mueres por algo que pasa mientras trabajas o por culpa del trabajo, sin importar dónde o a qué hora ocurra. También cuenta como accidente laboral si te accidentas yendo directo de tu casa al trabajo o del trabajo a tu casa.

Texto oficial

Artículo 42. Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.

Ver texto oficial de la LEY del Seguro Social (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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