- Ley
- LEY para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la LEY para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica para cualquier trato o acuerdo que hagan entre sí los agentes económicos que se mencionan en el artículo 3, sin importar cómo le llamen a ese trato (contrato, convenio, acuerdo o cualquier otro nombre). Pueden ser dos o más de esos agentes económicos.
Texto oficial
Artículo 2. La presente Ley será aplicable a los actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos, cualquiera que sea el nombre o denominación que se les dé, que celebren entre sí, dos o más de los agentes económicos a los que se refieren las fracciones I, II y VII del artículo 3 de este ordenamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.