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Artículo 135 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 135 fue eliminado de la ley desde 1995, por lo que ya no está vigente. "Derogar" significa que se quitó o canceló oficialmente, así que este artículo ya no aplica ni tiene efecto legal. El capítulo donde estaba hablaba sobre ferrocarriles que no son del gobierno, sino de dueños privados. Como el artículo ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía. En resumen, esta parte de la ley ya no sirve para nada.

Texto oficial

Artículo 135.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO II Ferrocarriles particulares

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.