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Artículo 158 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que se canceló oficialmente, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Fue reformado en 1948 y después se quitó por completo el 22 de diciembre de 1993. En pocas palabras, ya no existe ni aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 158.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.