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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 158
Artículo 158 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que se canceló oficialmente, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Fue reformado en 1948 y después se quitó por completo el 22 de diciembre de 1993. En pocas palabras, ya no existe ni aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 158.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.