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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/164
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
164

Artículo 164 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 164 ya no existe como ley. Fue eliminado de forma definitiva el 22 de diciembre de 1993, y desde entonces no tiene ningún efecto legal. Significa que lo que decía ese artículo ya no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 164.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.