- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 168
Artículo 168 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley desde 1993. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla ya no existe y no se aplica a nadie. No te preocupes por entenderlo, porque es como si nunca hubiera estado escrito. Lo único importante es saber que ya no tiene validez legal.
Texto oficial
Artículo 168.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993 LIBRO TERCERO Comunicaciones por Agua CAPITULO I De la autoridad marítima
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.