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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/168
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
168

Artículo 168 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley desde 1993. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla ya no existe y no se aplica a nadie. No te preocupes por entenderlo, porque es como si nunca hubiera estado escrito. Lo único importante es saber que ya no tiene validez legal.

Texto oficial

Artículo 168.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993 LIBRO TERCERO Comunicaciones por Agua CAPITULO I De la autoridad marítima

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.