Artículo 196 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Está "derogado", que significa que fue eliminado de la ley, en este caso desde el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con nada de lo que antes decía, porque ya no es válido. Es como si hubieran borrado esa regla del libro de leyes.
Texto oficial
Artículo 196.- (Se deroga). LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 33 de 139 Artículo derogado DOF 04-01-1994
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.