Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/221
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 221
Artículo 221 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que fue eliminado oficialmente desde el 4 de enero de 1994, por lo que ya no tiene validez ni aplicación. No tienes que preocuparte por cumplir con nada que estuviera escrito aquí, porque ya no está vigente.
Texto oficial
Artículo 221.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.