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Artículo 234 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo se “deroga” significa que dejó de tener validez, como si lo hubieran borrado del código. Así que no tienes que aplicarlo ni preocuparte por lo que decía. Básicamente, ya no existe para la ley actual.

Texto oficial

Artículo 234.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.