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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/234
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
234

Artículo 234 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo se “deroga” significa que dejó de tener validez, como si lo hubieran borrado del código. Así que no tienes que aplicarlo ni preocuparte por lo que decía. Básicamente, ya no existe para la ley actual.

Texto oficial

Artículo 234.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.