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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
239

Artículo 239 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 239 ya no es válido, porque fue eliminado (derogado) el 4 de enero de 1994. Eso significa que lo que decía ya no se aplica. El capítulo al que pertenecía trataba sobre el servicio de pilotaje, que es cuando un experto sube a un barco para guiarlo en puertos o canales difíciles, y las maniobras complementarias, como mover o amarrar la embarcación. Pero al estar derogado, no hay nada que explicar de ese artículo.

Texto oficial

Artículo 239.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO IX Del servicio de pilotaje y maniobras complementarias

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 35) ↗

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