- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 239
Artículo 239 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 239 ya no es válido, porque fue eliminado (derogado) el 4 de enero de 1994. Eso significa que lo que decía ya no se aplica. El capítulo al que pertenecía trataba sobre el servicio de pilotaje, que es cuando un experto sube a un barco para guiarlo en puertos o canales difíciles, y las maniobras complementarias, como mover o amarrar la embarcación. Pero al estar derogado, no hay nada que explicar de ese artículo.
Texto oficial
Artículo 239.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO IX Del servicio de pilotaje y maniobras complementarias
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.