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Artículo 25 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 22 de diciembre de 1993. "Derogar" quiere decir que se borró o se canceló. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 25.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.