- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 261
Artículo 261 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente desde el 4 de enero de 1994, según el Diario Oficial de la Federación. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal. Solo queda como un aviso de que alguna vez hubo un capítulo sobre accidentes marítimos, pero actualmente no aplica.
Texto oficial
Artículo 261.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO X De los accidentes marítimos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.