Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/268
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 268
Artículo 268 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, lo quitaron de la ley desde 1994. Al estar derogado, no tienes que hacerle caso ni preocuparte por lo que decía. Significa que ya no existe ninguna regla sobre la policía de los puertos en este artículo.
Texto oficial
Artículo 268.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 CAPITULO XI De la policía de los puertos
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