- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 318
Artículo 318 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe legalmente. "Se deroga" significa que fue eliminado de la ley, por lo que ya no tiene ningún efecto ni aplicación. Las fechas indican que primero lo cambiaron en 1950 y luego lo borraron definitivamente en 1995. Como está anulado, no hay reglas que seguir ni nada que entender de él.
Texto oficial
Artículo 318.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO V Del personal técnico aeronáutico Capítulo reformado DOF 23-01-1950 (reubicado)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.