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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
318

Artículo 318 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe legalmente. "Se deroga" significa que fue eliminado de la ley, por lo que ya no tiene ningún efecto ni aplicación. Las fechas indican que primero lo cambiaron en 1950 y luego lo borraron definitivamente en 1995. Como está anulado, no hay reglas que seguir ni nada que entender de él.

Texto oficial

Artículo 318.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO V Del personal técnico aeronáutico Capítulo reformado DOF 23-01-1950 (reubicado)

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 40) ↗

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