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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/334
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
334

Artículo 334 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 334 de la Ley de Vías Generales de Comunicación ya no existe. Fue eliminado oficialmente el 12 de mayo de 1995, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Desde esa fecha, este artículo no tiene ningún efecto legal y ya no se aplica. En términos simples, está "borrado" de la ley. Lo único que importa es que ya no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 334.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 42 de 139

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 41) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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