- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 336
Artículo 336 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe, fue eliminado oficialmente en 1995. En lugar de decir algo, ahora está "derogado", que es como cuando una ley se borra y ya no tienes que hacerle caso. Se había reformado en 1950, pero después se quitó del todo. Así que no te preocupes por él, ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 336.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO XI Del transporte aéreo internacional Capítulo adicionado DOF 23-01-1950
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.