Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/366
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
366

Artículo 366 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene validez legal porque fue derogado (eliminado) el 12 de mayo de 1995. Originalmente, formaba parte de un capítulo sobre industrias, escuelas y clubes relacionados con la aviación, pero actualmente está completamente fuera de la ley. No tienes que preocuparte por este artículo, ya que no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 366.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995 CAPITULO XVI De las industrias y escuelas aeronáuticas y de los clubes aéreos Capítulo adicionado DOF 23-01-1950

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.