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Artículo 368 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley desde 1995. Eso significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso legal. Cuando una ley se deroga, queda sin efecto, como si nunca hubiera estado vigente después de esa fecha. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por este artículo. Todo lo que decía antes ya no tiene validez.

Texto oficial

Artículo 368.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.