Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/395
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 395
Artículo 395 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando ves "Se deroga" significa que fue eliminado oficialmente y no tiene ningún efecto. Desde junio de 1995 ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 395.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995
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