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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/395
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
395

Artículo 395 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando ves "Se deroga" significa que fue eliminado oficialmente y no tiene ningún efecto. Desde junio de 1995 ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 395.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.